Sustancias básicas en la UE: cuáles y cómo utilizarlas
En Arvensis Agro nos gusta mantenernos informados y conocer todas las novedades que hacen que nuestros productos estén a la orden del día. Hoy os contamos qué son las sustancias básicas y cómo se utilizan.
Las Sustancias Básicas son sustancias activas con un reconocido efecto general o específico contra agentes nocivos que pueden afectar los vegetales, partes de vegetales o productos vegetales empleados con uso alimentario. Entre sus principales efectos podemos encontrar:
- Repelente.
- Insecticida.
- Fungicida
- Molusquicida.
- Estimulador de los mecanismos de defensa naturales.
- Atrayente.
- Desinfectante.
Las Sustancias Básicas se encuentran reguladas por el REGLAMENTO (CE) N o 1107/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a la comercialización de productos fitosanitarios. “Se entenderá por «sustancia básica» aquella sustancia activa que:
a) no es una sustancia preocupante, y
b) no tiene la capacidad intrínseca de producir alteraciones endocrinas o efectos neurotóxicos o inmunotóxicos, y
c) no se utiliza principalmente para fines fitosanitarios, pero resulta útil para fines fitosanitarios, utilizada directamente o en un producto formado por la sustancia y un simple diluyente, y
d) no se comercializa como producto fitosanitario”
“(..) una sustancia activa que satisfaga los criterios de un «producto alimenticio» tal como se define en el artículo 2 del Reglamento (CE) no 178/2002 será considerada como sustancia básica.”
¿NECESITAN REGISTRO? Los productos formulados exclusivamente con Sustancias Básicas no necesitan registro previo para su uso, al no ser considerados como productos fitosanitarios pero sólo podrán utilizarse siguiendo los usos aprobados por la Comisión.
¿CÓMO SE APRUEBA UNA SUSTANCIA BÁSICA EN LA UE? Las Sustancias Básicas son aprobadas por La Comisión Europea previa solicitud, siendo esta el Órgano competente para su aprobación y autorización de uso en toda la UE por tiempo indefinido (Artículo 23).
¿PUEDEN UTILIZARSE EN AGRICULTURA ECOLÓGICA? Su uso en agricultura ecológica está permitido para aquellas Sustancias Básicas que consideradas como “producto alimenticio” tal como se definen en el artículo 2 del Reglamento (CE) n.° 178/2002, y tengan origen animal o vegetal, siendo su uso autorizado únicamente para el control de plagas y enfermedades (queda excluido el uso como herbicidas).
¿QUÉ SUSTANCIAS BÁSICAS ESTÁN ACTUALMENTE AUTORIZADAS? Todas las Sustancias Básicas aprobadas se recogen dentro del Reglamento de Ejecución (UE) 540/2011 (Parte C) Estas son:
Equisetum arvense L, clorhidrato de quitosano, sacarosa, hidróxido de calcio, vinagre, lecitinas, salix spp cortex, fructosa, hidrogenocarbonato de sodio, lactosuero, fosfato diamónico, aceite de girasol, carbón vegetal arcilloso, urtica spp, peróxido de hidrógeno, cloruro de sodio, cerveza, polvo de semillas de mostaza y talco .
En consonancia con estas sustancias básicas adoptadas por la UE, Arvensis Agro ha creado un nuevo producto hecho a base de extracto de ortiga llamado Urtiqins. Es un producto obtenido mediante un proceso natural de maceración y filtrado de la planta Urtica dioica (Nº CAS 84012-40-8) del que se obtiene un extracto natural. Aprobado como Sustancia Básica frente a insectos de acuerdo con el Reg. 1107/2009.
Aquí tenéis unas imágenes de cómo la utilización de sustancias básicas es determinante en los productos para la mejora de vegetales:
Evolución tras la aplicación de Urtiqins.
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